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Ley 1/2007 · Ley 1/2007, de 12 de febrero, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Ley 1/2007 Art. 42

TÍTULO VII

In KraftAmtlicher Text

Artículo 42. Funciones de apoyo y asesoramiento.

Son funciones del Protectorado en materia de apoyo y asesoramiento, las siguientes:

a) Asesorar a las fundaciones en proceso de constitución en relación con la normativa aplicable a dicho proceso, en particular sobre aspectos relacionados con la dotación, los fines de interés general y la elaboración de estatutos, así como sobre la tramitación administrativa correspondiente.

b) Asesorar a los interesados y a las fundaciones ya inscritas sobre las cuestiones jurídicas, económicas, financieras y contables que se susciten en la constitución y funcionamiento de las mismas.

c) Cualquier otra función que establezcan las leyes.