Real Decreto 275/2007 Art. 1
Artículo 1. Objeto y naturaleza.
1. Se crea el Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar como órgano consultivo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia a través de la Secretaría General de Educación.
2. El Observatorio es un órgano colegiado interministerial al que corresponde asesorar, en base al principio de cooperación territorial y colaboración institucional, sobre situaciones referidas al aprendizaje de la convivencia escolar, elaborar informes y estudios, hacer un seguimiento de la implantación del Plan Estratégico de Convivencia Escolar para la mejora de la convivencia en los centros educativos españoles y proponer medidas que ayuden a elaborar las distintas políticas estatales, fomentando las actuaciones que faciliten la mejora del clima escolar, y la prevención del acoso escolar y de todas las formas de ciberbullying, así como de la violencia en los centros docentes.
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