Ley Orgánica 2/2007 Art. 8
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 8. Derecho propio de Andalucía.
El derecho propio de Andalucía está constituido por las leyes y normas reguladoras de las materias sobre las que la Comunidad Autónoma ostenta competencias.
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 8. Derecho propio de Andalucía.
El derecho propio de Andalucía está constituido por las leyes y normas reguladoras de las materias sobre las que la Comunidad Autónoma ostenta competencias.