Orden EHA/672/2007 Art. 7
Artículo 7. Plazo de presentación e ingreso de los modelos 130 y 131.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la presentación de las declaraciones formuladas en los modelos 130 y 131 y, en su caso, el ingreso de la deuda tributaria resultante de las mismas en el Tesoro Público se realizará en los plazos siguientes:
a) Los tres primeros trimestres, entre el día 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre.
b) El cuarto trimestre, entre el día 1 y el 30 del mes de enero.
Los vencimientos de plazo que coincidan con un sábado o día inhábil se entenderán trasladados al primer día hábil inmediato siguiente.