Orden EHA/672/2007 Art. 9
Artículo 9. Lugar de presentación e ingreso de los modelos 130, 131 y 310 en impreso.
Si de la declaración formulada en los modelos 130, 131 y 310 en impreso resulta una cantidad a ingresar en el Tesoro Público, la presentación e ingreso podrá realizarse en cualquier entidad de depósito sita en territorio español que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (Bancos, Cajas de Ahorros o Cooperativas de Crédito) para lo cual será necesario que la declaración lleve adheridas las etiquetas identificativas elaboradas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Si de la declaración no resultase cantidad a ingresar, deberá presentarse directamente en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o bien mediante envío por correo certificado dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del declarante, adjuntando a la declaración fotocopia acreditativa del número de identificación fiscal (NIF) si la misma no lleva adheridas las correspondientes etiquetas identificativas, salvo que la presentación se realice personalmente en una oficina de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en cuyo caso no será preciso adjuntar dicha fotocopia.
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