Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 2/2007 · Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Ley 2/2007 Art. 9

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 9. Derechos colectivos.

El personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León ostenta, en los términos establecidos en la Constitución y en la legislación específicamente aplicable, los siguientes derechos colectivos:

a. A la libre sindicación.

b. A la actividad sindical.

c. A la huelga, garantizándose en todo caso el mantenimiento de los servicios que resulten esenciales para la atención sanitaria a la población.

d. A la negociación colectiva, representación y participación en la determinación de las condiciones de trabajo.

e. A la reunión.

f. A disponer de servicios de prevención y de órganos representativos en materia de seguridad y salud laboral.