Ley 1/2007 · Ley 1/2007, de 20 de marzo, de creación del Instituto de la Juventud de Extremadura.
Ley 1/2007 Art. 5
CAPÍTULO II
Artículo 5. Sede.
La sede central del Instituto de la Juventud de Extremadura radicará en Mérida, sin perjuicio de las delegaciones territoriales que se pudiesen habilitar.