Ley 1/2007 · Ley 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las Illes Balears.
Ley 1/2007 Art. 62
CAPÍTULO II
Artículo 62. Obligación de reponer.
1. Las personas infractoras están obligadas a adoptar las medidas correctoras necesarias establecidas por el órgano sancionador, con independencia de la sanción penal o administrativa que se imponga.
2. La prescripción de infracciones no afecta a la obligación de restaurar ni a la de indemnización de daños y perjuicios causados.