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Ley 1/2007 · Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y Eficiencia Energética en Castilla-La Mancha.

Ley 1/2007 Art. 33

TÍTULO V

In KraftAmtlicher Text

Artículo 33. Ejecución forzosa.

Cuando el obligado no dé cumplimiento en forma y plazo a lo establecido en la resolución o requerimiento previo correspondiente o, en su caso, a la reparación del daño causado, el órgano competente para sancionar podrá imponer multas coercitivas, reiteradas por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado y proporcionales al alcance de las obligaciones que se impongan, por cuantías que no excederán los 3.005 euros por multa.