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Ley 3/2007 · Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Ley 3/2007 Art. 21

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 21. Memoria e Informe.

1. El Consejo Escolar de Localidad deberá elaborar una Memoria anual de sus actividades y un informe bienal sobre la situación educativa en el Municipio, que tendrán carácter público y deberán ser aprobados por el pleno. El informe y la memoria deberán remitirse al Ayuntamiento y a la Delegación Provincial competente en materia de educación correspondiente a lo largo del primer trimestre del siguiente curso.

2. Los Consejos Escolares de Localidad podrán elevar a los órganos competentes según la materia, propuestas sobre aspectos del sistema educativo que afecten a los residentes en la misma.

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