Ley 3/2007 Art. 4
TÍTULO I
Artículo 4. Órganos de gobierno, de participación y de consulta.
1. Son órganos de participación y consulta en la programación general de la enseñanza no universitaria el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha y los Consejos Escolares de Localidad.
2. Los Consejos Escolares de Centro docente son, junto al Claustro de profesores, órganos colegiados de gobierno y participación.
3. Las asociaciones de madres y padres, del alumnado y las organizaciones que representan al profesorado se configuran como entidades de consulta de la Administración educativa y de participación de la comunidad educativa.