Ley 1/2008 Art. 7
TÍTULO III
Artículo 7. Acciones formativas.
El Gobierno de Cantabria promoverá las acciones formativas precisas para que todos los servidores públicos adquieran los conocimientos y habilidades que el cumplimiento de los anteriores principios y, en general, del régimen de conflictos de intereses establecido en la presente Ley pueda exigir.