Real Decreto 1803/2008 Art. 11
CAPÍTULO II
Artículo 11. Cuantía de la indemnización.
La cuantía de la indemnización por fallecimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley 52/2007, será de 135.000 euros.
CAPÍTULO II
Artículo 11. Cuantía de la indemnización.
La cuantía de la indemnización por fallecimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley 52/2007, será de 135.000 euros.