Orden FOM/3591/2008 Art. 13
Artículo 13. Compatibilidad de las ayudas.
En los términos establecidos en el párrafo siguiente, las ayudas reguladas en esta orden son compatibles con cualesquiera otras de otros Departamentos, administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, otorgadas para subvencionar la misma actividad.
Las cantidades que se obtengan por el beneficiario para los mismos cursos o seminarios se detraerán de la cantidad máxima a otorgar en virtud de lo dispuesto en el artículo 8.