Real Decreto 181/2008 Art. 7
CAPÍTULO II
Artículo 7. Estructura del diario oficial.
1. El contenido del "Boletín Oficial del Estado" se distribuye en las siguientes secciones:
Sección I: Disposiciones generales.
Sección II: Autoridades y personal.
Sección III: Otras disposiciones.
Sección IV: Administración de Justicia.
Sección V: Anuncios.
Sección del Tribunal Constitucional.
2. Existirán asimismo los siguientes suplementos de carácter independiente:
a) El Suplemento de notificaciones.
b) El Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único.
Änderungsgeschichte
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