Ley 14/2007 · Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.
Ley 14/2007 Art. 85
TÍTULO X
Artículo 85. Porcentaje para conservación.
Los proyectos de excavaciones arqueológicas incluirán un porcentaje de hasta el 20 por ciento del presupuesto destinado a la conservación, restauración y difusión de los bienes expuestos o de los materiales y estructuras descubiertos en la actuación arqueológica. En el caso de exposiciones de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, el porcentaje indicado irá destinado a la conservación y restauración de los bienes expuestos.