Ley 21/2007 Art. 77
Sección 1
Artículo 77. Concepto y clasificación de las infracciones.
1. Son infracciones administrativas en materia depuertos competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía las acciones u omisiones tipificadas y sancionadas por la presente ley.
2. Las infracciones se clasifican en leves, graves ymuy graves.