Orden EHA/451/2008 Art. 1
Artículo 1. Invariabilidad del número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
La Administración tributaria asignará a las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica un número de identificación fiscal que las identifique, y que será invariable cualesquiera que sean las modificaciones que experimenten aquellas, salvo que cambie su forma jurídica o nacionalidad.