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Real Decreto 171/2008 · Real Decreto 171/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad de Castilla y León.

Real Decreto 171/2008 Art. 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 2. Techo máximo de las ayudas.

1. Los incentivos regionales que podrán concederse en la zona de promoción económica de Castilla y León no podrán sobrepasar los porcentajes máximos sobre la inversión aprobada que se mencionan a continuación:

a) En las provincias de Ávila y de Salamanca, del 25 por cierto para grandes empresas, del 35 por ciento para medianas empresas y del 45 por ciento para pequeñas empresas.

b) En las provincias de Soria y Zamora, del 20 por ciento para grandes empresas, del 30 por ciento para medianas empresas y del 40 por ciento para pequeñas empresas.

c) En el ámbito geográfico restante de dicha zona, del 15 por ciento para grandes empresas, del 25 por ciento para medianas empresas y del 35 por ciento para pequeñas empresas.

En el caso de proyectos con una inversión aprobada superior a 50 millones de euros dichos porcentajes máximos se fijarán conforme a lo establecido para los grandes proyectos de inversión en las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional.

2. Ningún proyecto que se acoja a los incentivos regionales en virtud de este real decreto podrá ser beneficiario de otras ayudas financieras, cualquiera que sea su naturaleza y el órgano o administración que las conceda que, acumuladas a las previstas en la presente normativa, sobrepasen los límites máximos de ayuda establecidos en el Mapa español de ayudas de finalidad regional.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2024-10-31