Real Decreto 1730/2007 Art. 1
CAPÍTULO I
Artículo 1. Denominación y naturaleza.
El Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) es una Agencia Estatal para la investigación científica y el desarrollo tecnológico, con personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios, autonomía funcional y de gestión, plena capacidad jurídica y de obrar y de duración indefinida, correspondiéndole las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos dispuestos en la normativa que le es aplicable.
La denominación de la entidad es Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P.
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