Ley 15/2007 · Ley 15/2007, de 5 de diciembre, de la Agencia Catalana de Turismo.
Ley 15/2007 Art. 12
CAPÍTULO III
Artículo 12. Personal.
1. El personal de la Agencia Catalana de Turismo se rige por el derecho laboral.
2. La selección de personal de la Agencia Catalana de Turismo debe hacerse de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.