Ley 3/2008 Art. 16
CAPÍTULO III
Artículo 16. Formación del personal.
Corresponde al director o a la directora de la Agencia Tributaria diseñar un plan anual de formación y perfeccionamiento del personal adscrito a la Agencia, sin perjuicio de la suscripción de los convenios que, con esta finalidad, puedan acordarse con la Escuela Balear de Administración Pública o con otras entidades públicas o privadas.