Real Decreto 1755/2007 Art. 5
Sección 1
Artículo 5. Principios de la acción preventiva.
Las medidas que integran el deber general de prevención se establecerán y aplicaran con arreglo a los siguientes principios:
a) Evitar los riesgos.
b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
c) Reducir los posibles riesgos.
d) Combatir los riesgos en su origen.
e) Adaptar el puesto de trabajo a la persona.
f) Incorporar nuevas tecnologías.
g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre los métodos y organización del trabajo, los medios tecnológicos y los factores ambientales en el trabajo.
h) Adoptar las medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
i) Impartir las debidas instrucciones al personal respecto de los riesgos laborales.