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Ley 5/2008 · Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

Ley 5/2008 Art. 27

CAPÍTULO 7

In KraftAmtlicher Text

Artículo 27. Actuaciones de sensibilización y formación.

El Gobierno, mediante los instrumentos legales ya existentes, debe promover y llevar a cabo actuaciones de sensibilización y formación destinadas a los trabajadores y trabajadoras, a las personas representantes de los trabajadores y trabajadoras, a los sindicatos, a las empresas y a las asociaciones empresariales, destinadas a difundir el derecho de todas las trabajadoras a ser tratadas con dignidad y a no tolerar el acoso sexual ni el acoso por razón de sexo, y a impulsar una actitud solidaria y de ayuda hacia las mujeres y de rechazo del acoso.