Ley 5/2008 Art. 44
Sección tercera
Artículo 44. Los derechos de menores de edad.
Las menores y los menores perjudicados por la muerte de la madre como consecuencia de violencia machista, o perjudicados por otras circunstancias que impidan a la madre ejercer las potestades que le son propias respecto a los propios menores, tienen derecho a la atención jurídica en los términos establecidos por esta ley.