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Ley 5/2008 · Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

Ley 5/2008 Art. 68

CAPÍTULO 5

In KraftAmtlicher Text

Artículo 68. Mundo rural.

Los servicios de atención, asistencia y protección establecidos por el título III deben facilitar el acceso de las mujeres provenientes del mundo rural y de zonas de difícil acceso a centros que pueden estar lejos de sus lugares de origen y residencia, aplicando criterios de máxima proximidad a su residencia y garantizando su anonimato.

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