Ley 4/2008 Art. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4. Concepto de suelo urbano consolidado.
En las Illes Balears constituyen el suelo urbano consolidado:
a) Los terrenos que tienen la condición de solar, de acuerdo con el artículo 3.
b) Los terrenos a los cuales sólo falta, para alcanzar la condición de solar, señalar las alineaciones o las rasantes.