Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Aplicación provisional del Acuerdo de Sede entre el Reino de · Aplicación provisional del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y el Consejo Oleícola Internacional, hecho en Madrid el 20 de noviembre de 2007.

Aplicación provisional del Acuerdo de Sede entre el Reino de Art. 7

In KraftAmtlicher Text

Artículo 7. Libertad de cambio y divisas.

1. El Consejo podrá recibir, poseer fondos y divisas de todas clases y tener cuentas en cualquier moneda; transferir libremente a otro país los fondos y divisas de que disponga en el territorio español y viceversa.

2. Las autoridades españolas competentes prestarán su ayuda y apoyo al Consejo para sus operaciones de cambio y transferencias.