Real Decreto 1611/2007 Art. 22
Sección 3
Artículo 22. Contenido de los asientos.
Los asientos de inscripción, de cancelación o de anotación preventiva contendrán, al menos, las siguientes circunstancias:
a) Acta de inscripción o declaración formal de quedar practicado el asiento.
b) Naturaleza, clase, lugar y fecha del documento.
c) Datos de su autorización o expedición, así como el nombre del Notario autorizante o el Juez o funcionario que lo expide en el caso de los documentos públicos o el nombre de las personas que suscriben los documentos privados.
d) Fecha del asiento y firma del Encargado del Registro.