Orden CUL/2834/2009 Art. 82
Subsección 1
Artículo 82. Objeto.
Las empresas productoras que reúnan los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de esta Orden, podrán acceder a las ayudas para la participación de películas en festivales y en ceremonias de premios de reconocido prestigio, previstas en el artículo 20.1.e) del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, siempre que la película objeto de solicitud tenga la nacionalidad española y cuente con una selección o invitación previa por parte del festival o convocante del premio, salvo supuestos excepcionales que puedan establecerse en la convocatoria.