Real Decreto 168/2009 Art. 13
Sección 3
Artículo 13. Evaluaciones extraordinarias para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas.
1. Como consecuencia de los reconocimientos médicos o de las pruebas psicológicas o físicas a las que se refiere el artículo 83 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, así como en los supuestos previstos en su artículo 121, se iniciará al personal militar un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas, a efectos de la limitación para ocupar determinados destinos, del pase a retiro o de la resolución del compromiso, según corresponda.
2. El expediente, en el que constará el dictamen del órgano médico pericial competente, será valorado por la junta de evaluación y elevado al Subsecretario de Defensa para su resolución.
3. Los procedimientos para la tramitación de estos expedientes se regirán por sus normas específicas.