Ley 15/2008 Art. 7
CAPÍTULO II
Artículo 7. Supuestos de no sujeción.
No estará sujeta a este impuesto la realización de las actividades que, utilizando aguas embalsadas, se enumeran a continuación:
a) abastecimiento de poblaciones,
b) actividades agrarias,
c) acuicultura,
d) actividades recreativas, y
e) navegación y transporte acuático.