Real Decreto 300/2009 Art. 2
Artículo 2. Distinciones.
La Medalla a la Promoción de los Valores de Igualdad es una condecoración que se otorgará a título individual, y tendrá por objeto distinguir a las personas físicas, españolas o extranjeras, cuyas trayectorias y labores ejemplares sean acreedoras de la distinción.
La Placa a la Promoción de los Valores de Igualdad se instituye como recompensa a personas jurídicas, instituciones, organismos, corporaciones, asociaciones, entidades o empresas, para enaltecer y reconocer los servicios por ellas prestados, de manera ejemplar, contribuyendo y favoreciendo la consecución de la igualdad.