Ley 13/2008 · Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
Ley 13/2008 Art. 113
CAPÍTULO IV
Artículo 113. Coordinación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, la Administración autonómica podrá crear comisiones sectoriales específicas o grupos de trabajo de los que formen parte los órganos de la Administración autonómica entre los que exista interrelación competencial o funcional en la materia, así como las entidades locales, con la finalidad de impulsar instrucciones, acuerdos y protocolos de actuación conjunta.