Ley 10/2008 · Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de carreteras de Castilla y León.
Ley 10/2008 Art. 5
TÍTULO I
Artículo 5. Cambios de titularidad.
La titularidad de las carreteras incluidas en el ámbito de esta ley podrá modificarse mediante acuerdo de la Junta de Castilla y León, a propuesta de la consejería competente por razón de la materia, previo acuerdo de las administraciones interesadas e informe del Consejo de Cooperación Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2014-09-20