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Real Decreto 818/2009 · Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Real Decreto 818/2009 Art. 59

Sección 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 59. Requisitos generales.

1. Los vehículos a utilizar en la realización de las pruebas de control de aptitudes y comportamientos deberán cumplir las prescripciones contenidas en la reglamentación de vehículos y en el anexo VII. A).

2. Además, los vehículos y, en su caso, los sistemas de comunicación, deberán encontrarse en buen estado de limpieza e higiene, conservación, mantenimiento, eficacia y seguridad, al corriente en las inspecciones técnicas periódicas, provistos de toda la documentación reglamentaria y estar señalizados en la parte delantera y trasera con una placa de las dimensiones y características establecidas en la normativa reguladora de las escuelas particulares de conductores así como en la reglamentación de vehículos.