Ley 14/2010 Art. 62
CAPÍTULO IX
Artículo 62. Publicaciones.
Las publicaciones que incitan a la violencia, a actividades delictivas o a cualquier tipo de discriminación o que tienen un contenido pornográfico, o cualquier otro que sea perjudicial para el desarrollo de la personalidad de los niños y los adolescentes, no pueden ser ofrecidas ni expuestas de modo que queden libremente al alcance de estos.