Resolución 4B0/38162/2010 Art. 5
5. Disposición final única
Entrada en vigor.–La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
5. Disposición final única
Entrada en vigor.–La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».