Ley 4/2010 · Ley 4/2010, de 6 de julio, de educación en el tiempo libre.
Ley 4/2010 Art. 13
TÍTULO II
Artículo 13. Organizadores de las actividades de Educación en el Tiempo Libre.
Podrán ser organizadores de actividades de Educación en el Tiempo Libre las personas físicas o jurídicas y las entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro.