Ley 8/2010 Art. 13
CAPÍTULO IV
Artículo 13. Procedimiento.
El procedimiento para la realización de las comunicaciones en materia de actividades feriales se establecerá reglamentariamente.
CAPÍTULO IV
Artículo 13. Procedimiento.
El procedimiento para la realización de las comunicaciones en materia de actividades feriales se establecerá reglamentariamente.