Ley 9/2010 Art. 16
CAPÍTULO I
Artículo 16. Requisitos de la edificación.
Las viviendas de obra nueva y las que resulten de la alteración de la configuración arquitectónica de los edificios deben cumplir las condiciones de calidad relativas a la funcionalidad, seguridad, salubridad, accesibilidad y sostenibilidad fijadas en la normativa vigente.