Ley 7/2010 · Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.
Ley 7/2010 Art. 39
Sección 2
Artículo 39. Escolarización en el primer ciclo de educación infantil.
1. La Consejería competente en materia de educación fomentará la progresiva escolarización de los niños y niñas menores de 3 años.
2. La Consejería competente en materia de educación arbitrará fórmulas específicas para la educación de los niños y niñas de hasta tres años de edad que no puedan ser escolarizados en escuelas infantiles.