Acuerdo entre el Reino de España y el Principado de Andorra Art. 13
Artículo 13. Idioma.
Los requerimientos de asistencia y las respuestas a los mismos se redactarán en español y/o en catalán.
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Los requerimientos de asistencia y las respuestas a los mismos se redactarán en español y/o en catalán.