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Ley 11/2010 · Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de pesca y acuicultura de Extremadura.

Ley 11/2010 Art. 13

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 13. Escenarios para concursos de pesca.

1. Se consideran escenarios para la celebración de concursos de pesca aquellos tramos o masas de agua dedicados preferentemente a la celebración de competiciones deportivas de pesca debidamente autorizadas y a los entrenamientos necesarios para la realización de estas pruebas.

2. Desde la señalización por parte de la sociedad o entidad autorizada para la celebración del concurso, hasta la finalización del mismo, quedará prohibida en la zona señalizada la práctica de cualquier actividad que pueda alterar artificialmente los aprovechamientos piscícolas. La autorización de estos concursos y la señalización de estas zonas se determinarán reglamentariamente.

3. En los escenarios de pesca, durante los concursos y en los entrenamientos, será obligatorio conservar vivas y devolver a las aguas todas las especies capturadas, a excepción de las de carácter invasor.