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Orden INT/3215/2010 · Orden INT/3215/2010, de 3 de diciembre, por la que se regula la comunicación del conductor habitual y del arrendatario a largo plazo al Registro de Vehículos.

Orden INT/3215/2010 Art. 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 2. Comunicación del conductor habitual.

1. El titular del vehículo o, en su caso, el arrendatario a largo plazo, podrá comunicar al Registro de Vehículos para su inscripción, los siguientes datos del conductor habitual del vehículo:

a) Nombre y apellidos.

b) NIF o NIE.

c) Domicilio o Dirección Electrónica Vial.

d) Hora y fecha de efecto del alta.

2. El titular del vehículo o, en su caso, el arrendatario a largo plazo, podrá comunicar al Registro de Vehículos para su inscripción la baja del conductor habitual, debiéndose hacer constar la hora y fecha en que ésta se produce.

3. Para proceder a la inscripción de un conductor habitual en el Registro de Vehículos, la persona física que haya sido designada deberá haber consentido de modo fehaciente. Para la prestación de este consentimiento puede utilizarse el modelo que figura en el anexo de la presente orden.

El documento en el que conste el consentimiento se custodiará por el titular o el arrendatario, en su caso, y se deberá entregar siempre que le sea requerido por la Administración.