Ley 40/2010 · Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono.
Ley 40/2010 Art. 36
CAPÍTULO VI
Artículo 36. Medidas cautelares.
El órgano instructor del expediente sancionador estará facultado para adoptar medidas cautelares en el marco del procedimiento sancionador en aquellos supuestos en que la naturaleza de la infracción así lo aconseje, pudiendo ordenar la suspensión de la inyección de forma temporal.