Instrumento de Ratificación de la Convención Iberoamericana Art. 2
CAPÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Jóvenes y derechos humanos.
Los Estados Parte en la presente Convención reconocen el derecho de todos los jóvenes a gozar y disfrutar de todos los derechos humanos, y se comprometen a respetar y garantizar a los jóvenes el pleno disfrute y ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales, y culturales.