Resolución de 16 de marzo de 2010 Art. 2
Artículo 2. Dirección del Registro Electrónico.
El acceso de los interesados al registro electrónico se realizará a través de la dirección https://www.spee.gob.es/registro de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal. En dicha dirección se encontrará la relación actualizada de los procedimientos y trámites, junto con la de las solicitudes, escritos, comunicaciones y documentación aneja a ellos, que puedan presentarse en el registro electrónico.