Ley 4/2010 · Ley 4/2010, de 17 de marzo, de consultas populares por vía de referéndum.
Ley 4/2010 Art. 39
CAPÍTULO III
Artículo 39. Comisión promotora.
1. Una comisión promotora ejerce la representación de las personas firmantes de la propuesta a los efectos que derivan de la misma.
2. Los miembros de la comisión promotora deben ser vecinos del municipio que cumplan los requisitos establecidos por el artículo 23.