Real Decreto 486/2010 Art. 5
Artículo 5. Valores límite de exposición.
A efectos de este real decreto:
a) En el apartado A del anexo I se establecen los valores límite de exposición a la radiación incoherente emitida por las fuentes artificiales.
b) En el apartado A del anexo II se establecen los valores límite de exposición a la radiación láser.